La
inclusión de la coeducación en el sistema educativo
se apoya en argumentos legales y razones de tipo
social.
En nuestra
Comunidad, el Estatuto de Autonomía establece la obligación de
la Administración de proporcionar la efectiva igualdad del
hombre y de la mujer.
Basándonos en
los análisis de la realidad social, los datos que se nos ofrecen
son preocupantes y ponen de manifiesto la necesidad de una
intervención desde los primeros años de vida escolar,
estableciendo mecanismos de compensación e intervención
adecuados ante un alumnado diverso que ha recibido principios
educativos diferentes respecto a la igualdad entre hombres y
mujeres.
Desde el sistema
educativo se puede actuar eficazmente para superar la
discriminación y formar niños y niñas que superen estas
desigualdades y prejuicios sexistas. Aquí es donde hay que
situar la propuesta de coeducación.
El enfoque
coeducativo no puede limitarse a una intervención anecdótica en
el currículo educativo sino que tiene que ser un elemento que
impregne todos los momentos del proceso educativo desde las
finalidades hasta los objetivos más concretos.
La escuela tiene
que ser consciente de que en el proceso de elaboración de
nociones como GÉNERO (hecho social) o SEXO (hecho biológico) se
realizan selecciones culturales que están impregnadas de
prejuicios. Es por ello que debe actuar como elemento corrector
de desigualdades aportando modelos culturales superiores de
arquetipos.
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